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Reglamento de Tramites Ambientales |
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Reglamentación de Tramites Ambientales
Conforme a la facultad que le otorga el artículo 96 de la Ley 633 de 2000 a las Corporaciones Autónomas Regionales para el cobro por los servicios de evaluación y seguimiento de las licencias ambientales, permisos, concesiones, autorizaciones y demás instrumentos de control y manejo ambiental, Corpoguavio anunció que las tarifas en su jurisdicción comenzarán a regir desde el próximo mes de octubre.
Los valores fueron establecidos teniendo en cuenta los parámetros de comparación más favorables al usuario sobre el costo del proyecto y el costo que tiene para la Corporación evaluar y hacerle seguimiento al trámite.
Los trámites sujetos al cobro de servicios de evaluación y seguimiento establecidos por la Corporación son:
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Servicios de Evaluación:
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Servicios de Seguimiento:
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- Licencia ambiental.
- Planes de Manejo Ambiental
- Concesión de aguas superficiales.
- Concesión de aguas subterráneas.
- Permiso de ocupación de cauce o depósito de agua.
- Permiso de exploración de aguas subterráneas.
- Permiso de vertimientos.
- Aprobación de Planes de Saneamiento y Manejo de Vertimientos.
- Permiso de emisiones atmosféricas para fuentes fijas.
- Permiso o autorización de tala, trasplante o reubicación de arbolado aislado.
- Permiso o autorización de aprovechamiento forestal de bosque natural.
- Registro de plantaciones forestales o de cercas vivas.
- Salvoconducto único nacional para la movilización de especímenes de la diversidad biológica.
- Registro de libros de operación de empresas forestales.
- Permiso de estudio con fines de investigación científica en biodiversidad.
- Los demás instrumentos de control y manejo ambiental.
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- Licencia ambiental.
- Planes de Manejo Ambiental
- Concesión de aguas superficiales.
- Concesión de aguas subterráneas.
- Permiso de ocupación de cauce o depósito de agua.
- Permiso de exploración de aguas subterráneas.
- Permiso de vertimientos.
- Aprobación de Planes de Saneamiento y Manejo de Vertimientos.
- Permiso de emisiones atmosféricas para fuentes fijas.
- Permiso o autorización de aprovechamiento forestal de bosque natural.
- Permiso o autorización de tala, trasplante o reubicación de arbolado aislado.
- Registro de plantaciones forestales o de cercas vivas
- Registro de libros de operación de empresas forestales.
- Permiso de estudio con fines de investigación científica en biodiversidad.
- Los demás instrumentos de control y manejo ambiental
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De conformidad con el sistema y método establecido en el artículo 96 de la Ley 633 de 2000, las tarifas comprenden:
a. El valor total de los honorarios de los profesionales requeridos para la realización de la tarea propuesta.
b. El valor total de los viáticos y gastos de viaje de los profesionales que se ocasionen para el estudio, la expedición, el seguimiento y/o el monitoreo de la licencia ambiental, permisos, concesiones o autorizaciones y demás instrumentos de control y manejo ambiental establecidos en la ley y los reglamentos.
c. El valor total de los análisis de laboratorio u otros estudios y diseños técnicos que sean requeridos tanto para la evaluación como para el seguimiento.
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